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Derechos sexuales y reproductivos

En Colombia, el marco constitucional y jurisprudencial reconoce los derechos sexuales y reproductivos como derechos fundamentales, con obligaciones estatales de garantizar servicios disponibles, accesibles, aceptables y de calidad, así como educación integral en sexualidad pertinente para cada etapa de la vida.

De acuerdo con la Resolución 1904 de 2017 éstos pueden definirse como:

Los derechos sexuales y reproductivos: (i) son aquellos que están encaminados a garantizar el ejercicio y desarrollo libre, informado, saludable y satisfactorio de la sexualidad y se fundamentan en el disfrute de esta faceta humana sin miedos, vergüenza, temores, inhibiciones, culpa, creencias infundadas o prejuicios que limiten su expresión; y, (ii) materializan la facultad que tienen todas las personas de tomar decisiones libres y sin discriminación, sobre la posibilidad de procrear o no, de regular su fecundidad, y de la posibilidad de conformar una familia y disponer de la información y medios para ello.

Aunque se han logrado reformas importantes, persisten desigualdades en el ejercicio de estos derechos. Las barreras se agravan por ruralidad, pobreza, discapacidad, edad, pertenencia étnico-racial, orientación sexual o identidad de género, y contextos de violencia y conflicto.

Una mujer que lleva una camiseta de polimorfas tiene una cartilla verde sobre sus piernas. Esta cartilla tiene el título “derechos de las mujeres con diversidad”. La mujer tiene las yemas de sus dedos sobre la cartilla tocando en relieve el texto en sistema Braille.

Las mujeres con discapacidad suelen tener menores posibilidades de desarrollar vidas sexuales y reproductivas plenas y saludables debido a los imaginarios que rodean su (no) ejercicio de la sexualidad tales como ser seres asexuados e infantiles («las niñas eternas»), o que se trata de información compleja e innecesaria para sus vidas. De ahí que el cuerpo y la sexualidad de las mujeres con discapacidad se vea atravesado por ejercicios de negación de la autonomía y prácticas o intervenciones no consensuadas como la esterilización o el uso de anticonceptivos. 

Sumado a ello, los mandatos sociales de poseer y mantener cuerpos hegemónicos producto de estereotipos capacitistas y patriarcales impactan los cuerpos de las mujeres con discapacidad al ser abiertamente considerados como “feos”, “incompletos”, “no aptos”, “no deseables”. Como consecuencia, persiste la idea de que las personas con discapacidad, y especialmente las mujeres, no son capaces de desarrollar su sexualidad de forma  segura, placentera y satisfactoria.

Trabajar los derechos sexuales y reproductivos desde la perspectiva de las mujeres con discapacidad permite promover en ellas el reconocimiento de sus cuerpos, construir otras formas de comunicarse consigo mismas, de explorar y conocer su sexualidad de manera saludable y segura.

A su vez, fomentar que las mujeres con discapacidad tengan acceso a información clara y a servicios en salud sexual y reproductiva adecuados y accesibles, les posibilita tomar decisiones informadas de acuerdo con sus preferencias y necesidades.

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