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Las mujeres con discapacidad suelen tener menores posibilidades de desarrollar vidas sexuales y reproductivas plenas y saludables debido a los imaginarios que rodean su (no) ejercicio de la sexualidad tales como ser seres asexuados e infantiles («las niñas eternas»), o que se trata de información compleja e innecesaria para sus vidas. De ahí que el cuerpo y la sexualidad de las mujeres con discapacidad se vea atravesado por ejercicios de negación de la autonomía y prácticas o intervenciones no consensuadas como la esterilización o el uso de anticonceptivos.
Sumado a ello, los mandatos sociales de poseer y mantener cuerpos hegemónicos producto de estereotipos capacitistas y patriarcales impactan los cuerpos de las mujeres con discapacidad al ser abiertamente considerados como “feos”, “incompletos”, “no aptos”, “no deseables” llevando esto a la imposibilidad de desarrollar su sexualidad de forma placentera y satisfactoria.
Trabajar los derechos sexuales y reproductivos desde la perspectiva de las mujeres con discapacidad permite promover en ellas el reconocimiento de sus cuerpos, reconstruir formas otras de comunicarse consigo mismas, de explorar y encontrar el placer fortaleciendo de esta manera su autoestima y la expresión de su sexualidad de manera saludable y segura. A su vez, fomentar que las mujeres con discapacidad tengan acceso a información clara y a servicios en salud sexual y reproductiva adecuados y accesibles, les posibilita tomar decisiones informadas de acuerdo con sus preferencias y necesidades tal como fue abordado por la sentencia T-573 de 2016.
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